La Caja de Compensación Familiar Campesina COMCAJA se permite informar a los Empleadores que vinculen trabajadores que según lo establecido en la normatividad sean considerados VETERANOS DE LA FUERZA PÙBLICA, y que se encuentren en rango de edades de 18 a 40 años, que el Gobierno Nacional por intermedio de la Resolución 1881 del 03 de agosto 2021, establece requisitos y ofrece incentivos por la generación de empleos, como se relacionan a continuación:
El empleador en el momento de tramitar la afiliación por trabajadores VETERANOS DE LA FUERZA PÚBLICA, deben acreditar con certificado único de Veteranos, que expide el Ministerio de Defensa Nacional, cumpliendo con los requisitos
de los beneficios de la Ley 1979 de 2019.
Las empresas a las que se les haya reconocido el beneficio y hubiese suministrado información falsa, perderán de manera inmediata el beneficiario y deberán restituir el valor de las exenciones a las cuales hayan accedido con los respectivos
interese moratorios, sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar.
Los entes de control como la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Pago de Aportes Parafiscales – UGPP y la Superintendencia del Subsidio Familiar, verificarán y ejercerán la inspección, vigilancia y control de la aplicación de los beneficios.

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