Tienen derecho a recibir el subsidio escolar en especie aquellos afiliados beneficiarios que cumplan con los siguientes requisitos:
- Beneficiarios que hayan recibido cuota monetaria durante los meses de agosto septiembre y octubre de 2020.
Tienen derecho a recibir el subsidio escolar en especie aquellos afiliados beneficiarios que cumplan con los siguientes requisitos:
- Beneficiarios de 5 a 18 años que cursen máximo hasta grado decimo en la vigencia 2020, de los trabajadores cuya remuneración fija o variable no sobrepase los 4 SMLMV o que sumados los ingresos con los de su cónyuge o compañero, de ser el caso, no sobrepasen los 6 SMLMV.
- Si ambos padres están afiliados a la Caja y no superan los 4 SLMLMV, solo se entregará un kit por beneficiario y será entregado a quien tenga menor salario o tenga la custodia.
- Que la empresa no presente mora en aportes del periodo de enero a octubre de 2020, con plazo máximo de pago de esos periodos hasta el 24 de diciembre de 2020.
- El trabajador afiliado debía encontrarse activo al periodo de octubre de 2020.
- De acuerdo a lo establecido en el artículo 190 de la LEY 115 de 1194, tendrán derecho al subsidio aquellos beneficiarios que se encuentren cursando educación básica o media.
- Los beneficiarios de 12 a 18 años incluyendo los discapacitados tendrán derecho únicamente si presentaron certificado de escolaridad en cualquier mes del año del periodo enero a octubre de 2020.